Conoce los cambios y actualizaciones de la exoneración de compras online.
A nivel mundial, desde 2020 y acentuándose en 2021, muchos usuarios de Internet se han inclinado a realizar sus compras online. Esto para no detener su ritmo o nivel de vida. Actualmente, las compras por Internet ya han ganado gran terreno; y se han convertido en un hábito.
Sin embargo, muchos se preguntan si es posible exonerar sus compras de impuestos. Ante esta interrogante, muchas plataformas ofrecen soluciones muy atractivas, pero ya se están implementando normativas para este recurso.
Hace un tiempo, los usuarios que compran online y traen sus productos a través de compañías couriers podían librarse de pagar aranceles, una vez cada seis meses por un monto igual o menor a los 500 USD.
Sin embargo, actualmente se estableció que desde el 1 de mayo, exonerar compras por internet, con un monto igual o menor a los $500, ya no será posible. Esto, debido a que comenzó a implementarse el Cauca IV.
Entró en vigencia de la cuarta versión del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca IV), esta normativa solo la podrán disfrutar aquellos que deseen realizar envíos a su familia. Esta información la dio a conocer el director general de Aduanas, Gerardo Bolaños.
Asimismo, Bolaños explicó que la práctica actual estimula un mercado informal y hace que se practique la competencia desleal. Además, manifestó que esto solo existía a causa de un pronunciamiento de la Procuraduría General de la República (10 de agosto 2016), debido a que “no existe ninguna norma expresa” que lo haga posible.
Bolaños también señaló que antes de la aplicación del Cauca IV no existía ninguna normativa que señalara cuáles eran los envíos que estaban exentos.
“No existe. La aplicación actual es vía un criterio que hace una interpretación, a mi juicio, no tan extensa y que es lo que se está aplicando. Con el Cauca IV, se define cuáles son las mercancías que están exentas de pago y son envíos familiares”.
A su vez, el experto legal en aduanas, Jaime Morales, amplió la explicación de Bolaños. Añadió que, más bien, la nueva medida permite estimular la formalidad del sector aduanero y de esta manera las empresas que dependen de él se alinearán con las mejores prácticas internacionales.
Se puede exonerar impuestos a los paquetes que se traen del exterior, al menos cada seis meses. Cabe destacar, que es un derecho que se aplica para nacionales y extranjeros mayores de edad; para importar bienes cuyo valor CIF no supere los 500 USD.
Si te preguntas cuál es el valor CIF, es el monto del costo de la mercancía más el flete y el seguro. Este derecho se puede ejercer sólo con un paquete cada seis meses. Se puede aplicar con empresas como La Terminal Express, con la que se pueden traer los paquetes desde Estados Unidos.
Permiso especial
La cédula
Tres copias de la cédula firmada
Facturas de compra, impresas y firmadas
Adjuntar al paquete las facturas de compra antes de que llegue a las bodegas en Miami.
Verificar que el paquete pueda aplicar para la exoneración de impuestos, de acuerdo con información de La Terminal Express.
El trámite es personal y deben demostrar ante el aforador que es un envío de carácter familiar. Se debe realizar personalmente ante el aforador.
Esperamos que este Blog te sean de utilidad y que en el momento en que adquieras tu casillero, sea una grata experiencia.